La Cámara de Casación Penal beneficia a genocidas condenados reduciendo su pena

Se trata de Emilio Morello, Martín Sánchez Zinny y Horacio Linari, integrantes del Regimiento de Infantería de Mercedes, condenados en 2022 por los crímenes cometidos en 1976 en perjuicio de cinco militantes vinculados a la publicación e impresión de las revistas “El Combatiente” y “Estrella Roja” del PRT-ERP. El fallo modificó la calificación del delito juzgado por los que el Tribunal Oral Federal 2 de la ciudad de Buenos Aires deberá dictar una nueva sentencia. También rechazó el pedido de las querellas para reveer las absoluciones de Brun y Andrade.

Luego de la apelación presentada por las defensas de los represores condenados, la Sala IV de la Cámara de Casación Penal confirmó las condenas del Tribunal Oral Federal 2 de la Ciudad de Buenos Aires para los genocidas Martín Sánchez Zinny, Emilio Morello y Horacio Linari pero reduciendo la pena.

Los camaristas Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky certificaron la participación de los ex militares en los delitos que consideraron crímenes de lesa humanidad por los cuales se los condenó en el juicio llevado a cabo en 2022, pero modificó una de las calificaciones; por lo que el expediente judicial debera volver al tribunal original para dictar una nueva sentencia.

En primera instancia, el Tribunal Oral Federal Nº2 de la ciudad de Buenos Aires había condenado a la pena de prisión perpetua a Sánchez Zinny, Morello y Linari, por los crímenes cometidos como integrantes de la patota del Regimiento de Infantería Nº6 de Mercedes “General Viamonte” en 1976 en perjuicio de cinco militantes del PRT-ERP, absolviendo a los imputados Luis Alberto Brun y Rubén Osmar Andrade.

Cabe recordar que Sánchez Zinny era jefe de la Sección Tiro del RIM 6 de Mercedes, Morello era el segundo jefe de la Compañía “A” y Linari jefe de la Sección Tiro de la Compañía “A” y cumplían funciones de mando frente a los conscriptos.

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Los hechos juzgados ocurrieron durante dos operativos realizados el 14 de junio de 1976 en una casa en Haedo, donde fueron secuestrados Pedro Oscar Martucci y Rocío Ángela Martínez Borbolla (madre de los periodistas Bárbara y Camilo García, ambos menores de 10 años al presencciar los hechos), ambos continúan desaparecidos; y el 10 de julio en una casa de la localidad de San Andrés (San Martín), en la que fueron secuestrados y torturados Pablo Pavich y una persona sin identificar y fue asesinado Jorge Emilio Arancibia.

La causa llegó a juicio por 32 víctimas más, pero con el apartamiento por incapacidad de Alberto Schollaert, quien fuera jefe del Regimiento, esos hechos quedaron fuera del debate y el Tribunal rechazó los pedidos de querellas y fiscalía para incluirlos en base al derecho a la verdad.

Según el fallo de Casación, al cual La Izquierda Diario tuvo acceso, los jueces Carbajo, Borinsky y Hornos convalidaron que los condenados fueron parte de “una estructura informal que se desempeñó bajo la órbita y control del Ejército” y que sus integrantes “lo hicieron de forma pactada, con un conocimiento conjunto de la forma de actuación… a los efectos de preservar la impunidad de dichas acciones criminales “, sosteniendo los delitos como crímenes de lesa humanidad.

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Para los camaristas, los imputados, “en el ilegal operativo en la calle Ecuador 170 de San Andrés, partido de San Martín desarrollaron roles activos, como miembros del RIM 6 de Mercedes, llevando a cabo el secuestro de una persona no identificada, la continuidad en la privación de la libertad de Pavich que había comenzado días antes y el homicidio de Arancibia”.

Para los camaristas “Quedó acreditado que los imputados Morello, Linari y Sánchez Zinny participaron, cada uno dentro del rol asignado, en el homicidio de Arancibia. No obstante ello, considero que la prueba producida en el debate no permite tener por acreditadas, con la certeza exigida en esta etapa procesal”, señaló Carbajo, con plena adhesión de Hornos y Borinsky, por lo que confirmaron las condenas de Sánchez Zinny, Morello y Linari “por el delito que por la presente se califica como homicidio simple que tuvo como víctima a Jorge Emilio Arancibia, en concurso real con los delitos de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por mediar violencia o amenazas en perjuicio de Rocío Ángela Martínez Borbolla, Pedro Oscar Martucci, Pablo Pavich y una persona de sexo masculino no dentificada, todos ellos en concurso real entre sí”.

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En diálogo con Bárbara García, hija de una de las victimas y querellante en la causa, manifestó su indignación por la resolución: “Es inédito e insólito. Estamos schokeados. Toda tu vida luchando, llegás a una condena perpetua y de la nada en una de las apelaciones por parte de la defensa, Borinzky, Hornos y Carbajo fallan a favor de los tres genocidas”. La periodista agregó que “estamo viviendo un contexto politíco negacionista, donde personajes como Villarruel buscan cambiar la historia a cada rato, para ella nuestros familiares y nosotros somos terroristas”.

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El fallo de la Sala IV reenviará el expediente para que el Tribunal 2, en base a la nueva calificación, emita una nueva condena que puede variar entre 8 y 25 años. Aún queda la posibilidad de que se imponga un recurso extraordinario a la Corte Suprema, a la vez que continúan con las apelaciones contra el beneficio de de prisión domiciliaria del que gozan Sánchez Zinny y Morello, aduciendo problemas de salud de familiares, exigiendo el cumplimiento de la condena en una cárcel común.

A pesar de la impunidad de la que aún gozan quienes perpetraron el genocidio en nuestro país, con la clara complicidad del Poder judicial y sus “ayuditas”, con un gobierno negacionista que buscar implantar nuevamente la idea de terrorismo como lo vimos con los y las detenidas el día de la aprobación de la Ley Bases; el hecho de que los juicios por los crímenes de la dictadura se sigan haciendo hoy, cuatro décadas después de cometidos los hechos, habla de la lucha incansable de sobrevivientes, familiares, hijas e hijos recuperados y organismos acompañados por amplios sectores sociales en la exigencia de juicio y castigo.

Porque son 30 mil y fue genocidio.

Imagen: La Retaguardia

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