Según se informó desde el Ministerio de Economía, el nuevo mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a la cuarta categoría será de $ 506.230 brutos a partir de mayo. Asimismo, en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $506.230 y resulte menor/igual a $583.851, los agentews de retención computarán una deducción especial incrementada.
Es en virtud de la nueva medida dispuesta, que se verán beneficiados más de 250.000 empleados y empleadas que trabajan bajo relación de dependencia.
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